domingo, 11 de julio de 2010

Material para discusión

Haciendo click aquí se puede abrir y descargar (como .pdf) un folleto de tres páginas titulado 20 Preguntas sobre el Código de Faltas. Está destinado a servir como introducción a las discusiones sobre el Código.

domingo, 9 de mayo de 2010

Santa Fe: despenalizan trabajo sexual

El Litoral, Santa Fe, 30 de abril de 2010

La Cámara de Senadores de la provincia derogó esta tarde los artículos 83, 87 y 93 del Código de Faltas y que hacen referencia a ofensas al pudor, travestismo o prostitución escandalosa y convirtió en ley el proyecto que ya contaba con media sanción de la Cámara Baja.

La sanción de la ley fue votada por unanimidad (con la abstención del legislador José Baucero, senador por el departamento San Javier), y se derogó así los siguientes tres artículos del Código de Faltas (Ley 10.703), Título IV “Contra la moralidad y las buenas costumbres”, Capítulo I “Contra la decencia pública”:

Art. 83 (Ex 78). Ofensa al pudor. El que con actos, gestos o palabras obscenas ofendiere la decencia o pudor público o decoro personal, siempre que el hecho no constituya delito, será reprimido con multa hasta tres jus.

Art. 87 (Ex 81). Prostitución escandalosa. El que ofreciere públicamente mantener relaciones sexuales por dinero o promesa remuneratoria o provocare escándalo con tal motivo; o que en lugares públicos o locales de libre acceso hiciere manifiestamente proposiciones deshonestas u ofreciere relaciones sexuales con otras personas, será reprimido con arresto hasta treinta días. Si las proposiciones o incitaciones fueren dirigidas a un menor de dieciocho años, la pena podrá elevarse hasta sesenta días.

Art. 93 (Ex 87). Travestismo. El que se vistiere o se hiciere pasar por persona del sexo contrario y ocasionare molestias será reprimido con arresto hasta veinte días.

En sus fundamentos, el texto establece que los artículos citados constituyen una flagrante violación a los derechos humanos consagrados no sólo en la Constitución Nacional sino en Pactos Internacionales a los que la Argentina ha adherido.

Además, el proyecto indica que representaban “un retroceso en el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales por parte de la ciudadanía, y por consiguiente, por institucionalizar formas de violencia y discriminación en razón se sexo, inclinación sexual, opción laboral y condición sexual, especialmente contra las mujeres”.

Luego de la votación, la Presidenta del Senado, Griselda Tessio, felicitó a los legisladores y manifestó “la adhesión y el regocijo que el cuerpo haya votado esta ley porque verdaderamente no puede haber en un Estado de derecho, racional y legal según constitución, diferencias y estigmatizaciones, porque las constituciones provincial y nacional y los pactos internacionales lo impiden”.

viernes, 30 de abril de 2010

Modelo de Habeas Corpus

HABEAS CORPUS
Señor Juez:
[Nombre y Apellido], DNI [número de DNI; si es extranjero sin DNI, poner número de pasaporte], con domicilio real en [calle y número, ciudad], ante este Tribunal respetuosamente comparezco y digo:

OBJETO
Que vengo por el presente a interponer acción de HABEAS CORPUS, según me autoriza el art. 43 de la CN, a favor de [nombre y apellido de la persona detenida, o que puede ser detenida], que fue detenido/a [o que está por ser detenido/a] de la forma en que relato a continuación: [contar aquí todo lo que se sabe de lo qué pasó: dónde y cuándo detuvieron a la persona, qué móviles y agentes intervinieron, adónde la llevaron, de qué falta la acusaron, si otras personas fueron detenidas al mismo tiempo; si la persona no fue arrestada todavía, decir por qué se piensa que va a ser detenida: si hubo alguna advertencia policial; si la información fue brindada por otra persona, no incluir su nombre salvo que ella esté de acuerdo]
En particular, deseo solicitar la protección del Estado para la integridad física y, consecuentemente, para la libertad, de [nombre y apellido de la persona detenida].
De esta forma, hago responsable al Estado por su seguridad y su libertad.

SOLICITA CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
En este mismo acto, solicito a S. S. la revisión de la constitucionalidad de la normativa contravencional específica aplicada a [nombre y apellido de la persona detenida], para determinar su aplicabilidad en el caso; en particular, solicito ese control sobre las figuras concretas imputadas y sobre el procedimiento (ante autoridad policial y sin defensa letrada obligatoria). Esto puede llevarse a cabo en virtud de la atribución judicial otorgada por el art. 43 de la CN.

SOLICITA GARANTÍA DEL DERECHO DE DEFENSA
Asimismo, solicito a S. S. tome las medidas necesarias para asegurar el efectivo ejercicio del derecho de defensa (CN, art. 18), incluyendo el acceso a defensa letrada, por parte de [nombre y apellido de la persona detenida].

SOLICITA CONTROL DE LAS CONDICIONES DE DETENCIÓN
Por este mismo escrito, solicito a S. S. tome las medidas necesarias para garantizar condiciones dignas de detención, según prevé el art. 43 de la CN.

LEY APLICABLE
Ante la falta de regulación específica, corresponde aplicar el Código Procesal del fuero interviniente, sin que pueda recortar ninguna garantía del art. 43 de la CN. Se aplica el Código Procesal Penal de la Provincia vigente, porque sus normas “otorgan mayor tutela a la libertad ambulatoria” (Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, “Hábeas Corpus correctivo presentado por María Angélica O. De Moller -RECURSO DE CASACIÓN-” (Expte. "H", 6/06) (sentencia N° 120, 14/6/2007).
Rige el principio de informalidad de las garantías constitucionales en general, y el hábeas corpus en particular, atendiendo a la finalidad de la garantía, esto es, la protección de la libertad personal.

RESERVA DEL CASO FEDERAL – PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD – RESERVA DE RECURRIR ANTE EL SISTEMA INTERAMERICANO
Para el caso de que S. S. rechace esta acción, hago expresa reserva de interponer el recurso extraordinario federal, hacer el planteo de inconstitucionalidad y del caso federal, conforme habilitan la CN y los términos de la ley 48. Ello porque están en juego derechos constitucionales y otros de igual jerarquía, incluyendo el derecho de acceso a la justicia (Pacto de San José de Costa Rica, arts. 8 y 25).
Asimismo, por incluirse en esta acción derechos consagrados en el Pacto de San José de Costa Rica, hago expresa reserva de recurrir por ante el sistema interamericano de protección de derechos humanos.

PETITUM
Por lo expuesto, solicito a S. S.:
1) Tenga presente lo manifestado y tome todas las medidas que sean de ley.
2) Haga lugar a esta acción de Habeas Corpus y ordene las medidas necesarias para garantizar la libertad, la seguridad personal, el efectivo ejercicio del derecho de defensa, y las condiciones adecuadas de detención de [nombre y apellido de la persona detenida].
3) Tenga presentes las reservas efectuadas.

Provea de conformidad y
SERÁ JUSTICIA

[firma de quien presenta el pedido]

- El Habeas Corpus puede presentarlo cualquier persona (no es necesario que sea pariente del detenido)
- No hace falta abogado para presentarlo
- Debe llevarse a la Mesa de Entradas del Poder Judicial (Tribunales II, en Fructuoso Rivera 720) en horario diurno. Despues de las 20, a la Mesa de Atención Permanente (en Bolivar 250). En el interior de la provincia, llevarlo a cualquier juzgado.
- Llevar 2 copias y quedarse con una copia sellada con fecha y firma del que lo recibió.

viernes, 23 de abril de 2010

29 Abril en la Facultad de Derecho de la UNC


Jueves 29 de Abril, 18.30 hs. Jornada debate sobre el Código de Faltas en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNC.
Anfiteatro "22 de Agosto", Obispo Trejo 241, ciudad de Córdoba.
Entrada libre y gratuita. Certificado: $ 5.

Participan:
Dr. Carlos Caserio, ministro de Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Dr. Darío Vezzaro, Fiscal General de la Provincia de Córdoba.
Comisario Aldo Paredes, Jefe de la Policía de la Provincia de Córdoba.
Dr. Sergio F. Job, militante del Colectivo Güemes en el Encuentro de Organizaciones.
Dr. Horacio Etchichury, docente de Derecho Constitucional, UNC.

Modera: Ab. Romina Scocozza

Organiza: Franja Morada - Centro de Estudiantes de Derecho.
Apoyan y adhieren: Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y Fundación Observatorio Constitucional y de Derechos Humanos.

lunes, 19 de abril de 2010

Voluntariado sobre Código de Faltas


La semana pasada inició sus actividades el Proyecto de Voluntariado sobre Código de Faltas . El nombre formal es Talleres de Formación Socio-Jurídica sobre el Código de Faltas. Consistirán en talleres, con metodología de educación popular, en Villa La Lonja y en Barrio Güemes, de la ciudad de Córdoba, y en Barrio Roque Sáenz Peña, de la ciudad de San Francisco. Más información en el blog del Proyecto, que puede verse aquí.

sábado, 6 de marzo de 2010

1º Concurso de Ensayos e Investigaciones sobre el Código de Faltas

Se invita a participar en 1º Concurso de Ensayos e Investigaciones relacionadas con el Código de Faltas desde una mirada jurídica y criminológica.

El objetivo es estimular la producción de textos científicos y académicos sobre el derecho contravencional, no sólo a través de la publicación (se hará una publicación con los textos seleccionados), sino también a través de la formación profesional en esa área bastante poco estudiada (se conformará un grupo para discutir los trabajos y corregirlos)

Están todos invitados a escribir!!!

La selección de los ensayos y la dirección de la compilación estará a cargo de Lucas Crisafulli e Inés León Barreto (docentes e investigadores de la UNC)

INFORMES

INECIP Subsede Córdoba

PASAJE REVOL 16

PASEO DE LAS ARTES CORDOBA ARGENTINA

inecip.cordoba@fibertel.com.ar

54 (0351) 5891028

miércoles, 2 de diciembre de 2009

Marcha de la Gorra - Video

Las/os compañeros/as de la Agencia Córdoba Noticias elaboraron este video sobre la Marcha del 20 de noviembre pasado. La nota completa, aquí.